SubvencionesLuz verde a las Juntas Arbitrales de Consumo: Abre el plazo para subvenciones
El Ministerio de Derechos Sociales convoca ayudas para apoyar el Sistema Arbitral de Consumo, con plazo para solicitudes a partir del 17 de abril de 2026.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha lanzado una convocatoria de subvenciones para las Juntas Arbitrales de Consumo. Estas ayudas están dirigidas a aquellas juntas que mantengan su convenio en vigor y desarrollen funciones arbitrales, con el objetivo de impulsar y fortalecer el Sistema Arbitral de Consumo en España. El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 17 de abril de 2026.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha convocado subvenciones para Juntas Arbitrales de Consumo.
Las Juntas Arbitrales de Consumo que tengan su convenio en vigor y desarrollen funciones arbitrales pueden solicitar estas ayudas.
El objetivo es apoyar e impulsar el desarrollo del Sistema Arbitral de Consumo, financiando actividades que tengan como fin la gestión y administración del arbitraje de consumo, así como las funciones atribuidas a dichas juntas mediante el artículo 6 del Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo.
El importe de la subvención asciende a 1.230.180,00 euros para las Juntas Arbitrales de ámbito territorial autonómico y 1.200.480,00 euros para las Juntas Arbitrales de ámbito local, adjudicándose cada una de dichas cuantías entre sus respectivas destinatarias en la forma en que se establece en el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, y en el artículo 5 de la Orden de convocatoria.
Conforme establece el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras referida en el apartado anterior, un cuarenta por ciento del importe de los créditos se repartirá, respectivamente, de forma lineal entre las Juntas Arbitrales que presenten solicitud.
La adjudicación del sesenta por ciento restante del importe de los créditos presupuestarios se realizará mediante la distribución establecida en el artículo 6 de la citada Orden de bases reguladoras, atendiendo a indicadores de la actividad del funcionamiento de la Junta Arbitral solicitante en el ejercicio de 2025.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Por que importa
Si eres parte de una Junta Arbitral de Consumo, estas ayudas son fundamentales para seguir ofreciendo un servicio vital a los ciudadanos en la resolución de conflictos.
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