Regulación de descartes pesqueros para 2026
La Secretaría General de Pesca establece las especies y cantidades máximas de descartes permitidas para este año, clave para la sostenibilidad marina.
La Resolución de 21 de abril de 2026, de la Secretaría General de Pesca, establece las especies y cantidades máximas que podrán descartarse mediante la excepción de minimis durante el año 2026.
Esta resolución se basa en los Reglamentos Delegados (UE) 2023/2623, (UE) 2023/2462 y (UE) 2023/2460 de la Comisión, que completan el Reglamento (UE) 1380/2013 sobre la Política Pesquera Común.
Los anexos I y II de la resolución detallan las especies y las cantidades máximas provisionales a descartar para aguas atlánticas occidentales y el Mar Mediterráneo, respectivamente.
La resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y surtirá efectos hasta el 31 de diciembre de 2026.
Los buques que deseen utilizar la excepción de minimis deben contar con cuota para el stock correspondiente.
Una vez agotada la cantidad disponible, las capturas deberán ser llevadas a puerto.
La resolución no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes.
Por que importa
Si eres pescador, esta resolución afecta directamente a tu actividad al limitar los descartes, contribuyendo a la sostenibilidad de los recursos marinos.
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