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Jubilación forzosa del Magistrado Juan Lucas Uceda Ojeda

El Consejo General del Poder Judicial declara la jubilación forzosa del Magistrado don Juan Lucas Uceda Ojeda, con efectos a partir del 12 de enero de 2026.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL|Acuerdo|martes, 21 de abril de 2026

El Acuerdo de 12 de enero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, declara la jubilación forzosa del Magistrado don Juan Lucas Uceda Ojeda, con destino en la Audiencia Provincial de Madrid, por cumplir la edad legalmente establecida el día 21 de abril de 2026.

La jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.

Este acuerdo se basa en los artículos 131.3 y 386.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en los artículos 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.

La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doméncech, firmó el acuerdo en Madrid el 12 de enero de 2026.

Por que importa

La jubilación de un magistrado es un proceso habitual que asegura la renovación y el correcto funcionamiento de la administración de justicia en España.

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