El pago de la tasa CITES ya se puede hacer telemáticamente
La resolución facilita el abono electrónico de la tasa para la gestión de especies protegidas por el convenio CITES.
La Resolución de 6 de marzo de 2026, de la Subsecretaría del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, establece el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y el pago telemático de la tasa por la prestación de servicios y gestión de permisos y certificados CITES.
La tasa se regirá por las disposiciones de la Ley 32/2007 y la Ley 8/1989.
Los sujetos pasivos que pueden efectuar el pago de esta tasa son las personas físicas o jurídicas que soliciten la expedición de permisos y certificados CITES.
El modelo normalizado para el pago de la tasa es el modelo 790.
Los sujetos pasivos que efectúen el pago de la tasa de forma telemática han de cumplir ciertos requisitos, como disponer de número de identificación fiscal (NIF) y utilizar un certificado electrónico reconocido.
La resolución entrará en vigor 15 días después de su publicación.
Por que importa
Si gestionas permisos para especies protegidas, ahora puedes pagar la tasa CITES de forma más cómoda y rápida online.
Sigue leyendo con Boeasy
Accede al analisis completo, alertas personalizadas y mucho mas.
Acceso gratuito durante la beta. Sin tarjeta de credito.
Ver documento original en BOE.es