LegislacionEl IMV se hace más compatible con el trabajo para fomentar la inclusión
El Real Decreto 240/2026 modifica el mecanismo de compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital con rentas del trabajo, en vigor desde el 27 de marzo.
El Real Decreto 240/2026, de 25 de marzo, modifica el Real Decreto 789/2022 para reformar el mecanismo de compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con rentas del trabajo y actividades económicas por cuenta propia.
La reforma simplifica y mejora el incentivo al empleo que permite a los beneficiarios del IMV mantener la prestación mientras obtienen ingresos laborales, evitando la llamada trampa de pobreza.
Los cambios principales incluyen: (1) Un nuevo sistema de exención de rentas basado en porcentajes fijos: el 100% de incrementos de renta hasta 6.000 euros se excluye del cómputo, y para incrementos superiores se excluyen 6.000 euros más el 50% del exceso (55% para unidades con discapacidad o monoparentalidad); (2) Exclusión del cómputo de rentas del subsidio no contributivo por desempleo cuando haya extinguido a la fecha de solicitud del IMV; (3) Inclusión de nuevas prestaciones de Seguridad Social sustitutivas del trabajo (nacimiento y cuidado del menor, cuidado de menores con cáncer u enfermedad grave, corresponsabilidad en cuidado del lactante); (4) Incorporación de una disposición adicional que obliga a los servicios públicos de empleo a incluir a beneficiarios del IMV en políticas activas de empleo con protocolos de coordinación con servicios sociales.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicará automáticamente la exención con ocasión de la revisión anual del IMV, utilizando datos tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE y se aplicará a partir de las actualizaciones anuales del IMV posteriores a su entrada en vigor.
Se prevé una revisión de eficacia transcurrido un año desde la entrada en vigor.
Por que importa
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