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La UNED renueva sus Estatutos: una apuesta por la educación a distancia del futuroLegislacion

La UNED renueva sus Estatutos: una apuesta por la educación a distancia del futuro

El Real Decreto aprueba la nueva normativa interna de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, adaptándola a los desafíos actuales.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes|Real Decreto|jueves, 12 de marzo de 2026

El Real Decreto BOE-A-2026-5715, de 11 de marzo de 2026, aprueba los nuevos Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), adaptándolos a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Este documento deroga expresamente el Real Decreto 1317/1995, de 21 de julio, que regulaba los estatutos anteriores, marcando un hito en la modernización y adecuación normativa de la institución.

La UNED, establecida originalmente por el Decreto 2310/1972, de 18 de agosto, y posteriormente regulada por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y el Real Decreto 426/2005, de 15 de abril, se reafirma como una institución de derecho público, parte integral del sector público institucional, con el Gobierno y las Cortes Generales ejerciendo competencias sobre ella.

El TÍTULO I define las funciones básicas de la UNED, estructuradas en enseñanza y estudio, investigación y transferencia de conocimiento, e internacionalización.

La docencia y la investigación son consideradas funciones fundamentales y se establece una política educativa flexible para atender a colectivos vulnerables, incluyendo edades de acceso a la Universidad para mayores de 25, 40 o 45 años.

Los planes de estudio de grado y máster universitario, así como los programas de doctorado, se diseñarán para fomentar la excelencia y la inclusión.

El TÍTULO II detalla la estructura y organización, estableciendo que la UNED realizará sus funciones a través de facultades, escuelas, escuelas de doctorado, departamentos e institutos universitarios de investigación, además de una amplia red de centros asociados y extensiones en el exterior.

La creación, modificación o supresión de facultades y escuelas es acordada por el Consejo de Gobierno.

Un aspecto financiero relevante es que la UNED destinará el 40 por ciento de los ingresos totales por precios públicos de matrícula a programas de becas, ayudas al estudio y otras acciones de apoyo al estudiantado.

Se establece un plazo máximo de seis meses para la aprobación del reglamento de régimen interno de los centros y quince días hábiles para la publicación de información pública relevante.

El TÍTULO III aborda los órganos de gobierno, participación y representación.

La gobernanza se estructura en órganos colegiados como el Claustro Universitario, que es el máximo órgano de representación con 272 miembros y un mandato de 4 años.

El Consejo de Gobierno, con 60 miembros, incluyendo al Rector o Rectora, es el máximo órgano de gobierno.

También se regulan los centros asociados y sus extensiones en el exterior, garantizando su participación en la estructura de la UNED.

El TÍTULO IV se centra en la comunidad universitaria, compuesta por Personal Docente e Investigador (PDI), Personal de Administración y Servicios (PAS) y estudiantes.

El PDI se rige por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Se especifica que el profesorado ayudante doctor tendrá un contrato temporal a tiempo completo con una duración máxima de 6 años.

Se detallan los derechos, deberes, selección y representación de estos colectivos.

El TÍTULO V establece un sistema integral de convivencia universitaria, creando cuatro unidades básicas: la Comisión de Convivencia, el Defensor o Defensora Universitaria, la Unidad de Igualdad y la Unidad de Diversidad.

La potestad disciplinaria recae en el Rector o Rectora.

El Defensor o Defensora Universitaria tendrá un mandato de 4 años, con la posibilidad de ser reelegido por un máximo de 2 periodos consecutivos, y podrá contar con hasta 3 defensorías adjuntas.

El TÍTULO VI, «Régimen económico y financiero», afirma la autonomía económica y financiera de la UNED, garantizando recursos suficientes según la Ley Orgánica 2/2023.

El patrimonio de la UNED se regirá por esta ley y la legislación de patrimonio de las administraciones públicas.

Los recursos económicos provendrán de transferencias estatales, precios públicos, ingresos por actividades propias, donaciones y legados.

Se mencionan cifras específicas para ciertas operaciones financieras, como la necesidad de autorización del Consejo de Gobierno para operaciones de endeudamiento superiores a 500.000 euros y la aprobación del Claustro para aquellas que superen 1.000.000 de euros.

El TÍTULO VII, «Administración electoral», establece el marco para los procesos electorales internos, garantizando el derecho de sufragio activo y pasivo para todo el personal docente e investigador, personal de administración y servicios y estudiantes.

La administración electoral se compone de la Comisión Electoral Central y comisiones electorales de centro.

Las elecciones a Rector o Rectora se realizan por sufragio universal directo y secreto, con una ponderación del voto que otorga un peso significativo al profesorado doctor con vinculación permanente.

El mandato de los vocales de la Comisión Electoral Central es de 4 años, coincidiendo con la periodicidad de las elecciones a órganos colegiados.

El TÍTULO VIII, «Reforma estatutaria», detalla los procedimientos para la modificación de los Estatutos.

La iniciativa para la reforma estatutaria ordinaria corresponde al Claustro Universitario, requiriendo el apoyo de al menos una cuarta parte de sus miembros.

La toma en consideración de esta iniciativa se decide por mayoría simple, y su aprobación final requiere la mayoría absoluta de los miembros del Claustro Universitario.

También se contempla una vía para la reforma derivada de adaptación normativa, que puede ser impulsada por el Consejo de Gobierno.

Finalmente, las Disposiciones incluyen aspectos cruciales como la financiación de los Centros Asociados de la UNED, que se mantendrá por parte de las administraciones públicas implicadas.

Se crea un Centro Institucional de la UNED en el Instituto de Estudios Fiscales.

Las facultades, escuelas, escuelas de doctorado, departamentos e institutos universitarios existentes deberán adaptar sus reglamentos a los nuevos Estatutos, en línea con el artículo 69.a) y el artículo 153 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo.

Este conjunto de disposiciones asegura una transición ordenada y la plena implementación de los nuevos marcos normativos y organizativos.

Por que importa

Si eres estudiante o profesor de la UNED, estos cambios modernizan la gestión y el funcionamiento de tu universidad.

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