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Planificación de prestaciones para atención humanitaria

Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES|Resolución|jueves, 25 de junio de 2026

La Resolución de 23 de junio de 2026, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, establece la planificación estructural de prestaciones, actuaciones o servicios para el programa de atención humanitaria para su gestión mediante acción concertada.

La planificación se adopta en cumplimiento de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, y se basa en el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, y la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio.

La resolución identifica las necesidades que se pretenden atender mediante acción concertada y establece las actuaciones, prestaciones o servicios necesarios para atenderlas.

La planificación abarca desde el 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027.

Los márgenes de variación permiten adaptar los servicios y la capacidad de atención en caso de necesidad.

La resolución se publicará en el BOE y en la sede electrónica del Ministerio y surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación.

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