Planificación de prestaciones para atención humanitaria
Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria
La Resolución de 23 de junio de 2026, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, establece la planificación estructural de prestaciones, actuaciones o servicios para el programa de atención humanitaria para su gestión mediante acción concertada.
La planificación se adopta en cumplimiento de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, y se basa en el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, y la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio.
La resolución identifica las necesidades que se pretenden atender mediante acción concertada y establece las actuaciones, prestaciones o servicios necesarios para atenderlas.
La planificación abarca desde el 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027.
Los márgenes de variación permiten adaptar los servicios y la capacidad de atención en caso de necesidad.
La resolución se publicará en el BOE y en la sede electrónica del Ministerio y surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación.
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