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Planificación de acogida para protección internacional 2026-2027

Resolución de la Dirección General de Atención Humanitaria que establece la planificación de prestaciones para el sistema de acogida de protección internacional.

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES|Resolución|viernes, 19 de junio de 2026

La Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional ha publicado una resolución que establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales para el sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada.

Esta planificación abarca desde el 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027 y se regirá por el marco normativo nacional y europeo.

Las entidades autorizadas podrán aplicar márgenes de variación en las asignaciones de actuaciones, prestaciones o servicios, siempre que no reduzcan la asignación o retribución por debajo del 50% de lo establecido en la resolución de asignación.

La resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por que importa

Si eres solicitante de protección internacional, esta planificación asegura los recursos y servicios necesarios para tu acogida y adaptación en España.

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