Gasolineras: más tiempo para adaptarse a la normativa
El Gobierno amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que operadores de productos petrolíferos cumplan nuevos requisitos, dando un respiro al sector.
El Consejo de Ministros, en su reunión del 16 de junio de 2026, ha adoptado el Acuerdo por el que se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo de vigencia establecido en el apartado 2 del artículo 28 del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Este plazo se refiere al período en el que los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España deben reportar semanalmente a la CNMC información sobre sus costes de adquisición de productos petrolíferos y los precios de venta de carburante a las estaciones de servicio.
La ampliación se debe a la necesidad de realizar un análisis más exhaustivo del mercado de distribución y comercialización de carburantes en el contexto de la guerra en Irán, incluyendo el comportamiento de los márgenes y la evolución de precios.
La CNMC deberá publicar un estudio sobre este tema antes del 31 de mayo de 2026.
Por que importa
Si eres operador de productos petrolíferos, tienes más tiempo para adaptarte a la normativa, evitando sanciones y facilitando la continuidad de tu negocio.
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