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Establecimiento de servicios mínimos esenciales en la radiotelevisión aragonesa ante una huelga conv

Esta orden establece las normas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales en la Corporación Aragonesa de Radio y Televisió

VICEPRESIDENCIA DEL GOBIERNO Y DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y JUSTICIA|ORDEN|viernes, 6 de marzo de 2026

Esta orden establece las normas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales en la Corporación Aragonesa de Radio y Televisión (CARTV), incluyendo las empresas públicas Radio Autonómica de Aragón, SA, y Televisión Autonómica de Aragón, SA, así como empresas privadas que gestionen actividades relacionadas.

La medida se adopta ante la convocatoria de huelga por el sindicato SOA-STA para el 8 de marzo de 2026.

El objetivo es compatibilizar el derecho fundamental a la huelga con el mantenimiento del servicio público esencial de comunicación audiovisual.

La orden detalla las garantías necesarias para asegurar la continuidad de la comunidad, basándose en la Constitución Española y el Real Decreto-ley 17/1977.

Se busca un equilibrio entre el interés general y el derecho de los trabajadores, reconociendo el carácter esencial del servicio de comunicación audiovisual según la Ley 13/2022 y la Ley 8/1987.

Establecimiento de servicios mínimos para huelga en radiotelevisión pública aragonesaGarantía de continuidad del servicio de comunicación audiovisual esencialCompatibilización del derecho a huelga con el interés generalAplicación de la normativa sobre huelgas y servicios esenciales en Aragón

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